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Una jueza costarricense anunció que “declinaba el nombramiento” porque debía realizar un matrimonio entre dos hombres y la Sala Constitucional del país la obligaba a hacerlo.

Jueza de familia se ve forzada a retirarse

La jueza, cuyo nombre no fue hecho público, explicó que “el miércoles 28 de octubre de 2020, se enteró de que al día siguiente debía celebrar un matrimonio de dos varones. Agrega, que es cristiana practicante, perteneciente a la Iglesia Evangélica, lo que le impidió realizar el acto asignado”, así consta en la sentencia publicada por el sitio web del Poder Judicial de Costa Rica.

Ella solicitó a sus superiores que le respetaran su objeción de conciencia por sus principios cristianos, y solicitó que le asignaran el caso de matrimonio a otro profesional del mismo rango, pero su solicitud fue rechazada.

Según detalla la sentencia del Poder Judicial a la jueza se “le indicó que únicamente podían acogerse a la objeción de conciencia los jueces cuyo nombramiento había sido anterior al 26 de mayo de 2020, fecha en que se había aprobado el matrimonio igualitario. Por ende, que en su caso, como había sido nombrada posterior a esa fecha, no tenía derecho a acogerse a la objeción de conciencia, y que tenía dos opciones, realizar el matrimonio de los dos hombres o declinar el nombramiento”.

Ella inmediatamente decidió declinar su nombramiento.

La jueza emitió un Recurso de Amparo indicando se le violó su derecho de objeción de conciencia, sin embargo la Sala Constitucional reiteró que en su caso no aplicaba la objeción de conciencia, debido a que después de su fecha de nombramiento la normativa “se adecuó en el sentido de que toda persona juzgadora que sea nombrada con posterioridad a la entrada en vigor del matrimonio de personas del mismo sexo, no podrá ejercer el derecho a la objeción de conciencia, pues, cuando optó por el cargo, asumió voluntariamente todas sus funciones.”

La Sala Constitucional indicó que la jueza tenía 15 días para presentar una acción de inconstitucionalidad contra la normativa que le prohíbe alegar objeción de conciencia, pero se desconoce si la jueza realizó el reclamo.

 

Fuente: Cbn.com

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